Río Grande.- El hecho juzgado data del mes de abril del año pasado, ocasión en que tres sujetos irrumpieron en el cabaret “la Diabla”. Uno de ellos llevaba consigo un arma, y de este modo, se amedrentó a los parroquianos y trabajadores del lugar.
Tras las pesquisas, quedaron imputados Emanuel Roth, Sergio Alberto Quiróz y un tercer individuo que, a partir del beneficio de la suspensión del juicio a prueba o “probation”, anterior a esta omisión de debate, ya cumplió con la causa.
Por su parte, el fiscal Eduardo Tepedino fue el encargado de solicitar la omisión de debate que finalmente terminó con una condena, y que a lo largo de la investigación, varios testigos no fueron encontrados, y ésta, era una prueba esencial a la hora del proceso oral. En tal sentido, se acordó una pena que la defensa aceptó.
De esta manera, el fiscal Tepedino, solicitó una pena de 3 años de prisión para ambos sujetos por el delito de robo agravado y finalmente el Tribunal resolvió aplicar esa pena de prisión.
En el caso del imputado Emanuel Roth el Tribunal asimismo aplicó declarar su “reincidencia” en relación a que posee una condena anterior, por voto de los integrantes los Dres. José María Fernández López y el subrogante Martín Bramatti.
En disidencia votó el Dr. Daniel Borrone, quedando declarada en voto dividido la constitucionalidad de la declaración de reincidencia, permitiendo que Roth continúe detenido con una pena de prisión efectiva.
Quiróz asimismo también continuará detenido en relación a otra causa que posee pendiente.