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Edición Nº 8,844
Jueves 18 de abril de 2024
Jueves 18 de abril de 2024 - Río Grande, Tierra del Fuego - Argentina

   
21-06-2018
El Dr. Molina Holguín confirmó la presentación del recurso de queja
Inmobiliario: Si el gobierno avanza con la aplicación de la ley, habrá doble imposición
Inmobiliario: Si el gobierno avanza con la aplicación de la ley, habrá doble imposición
El Dr. César Molina Holguín, subsecretario legal y técnico del municipio de Ushuaia, confirmó que “cerca del mediodía del martes” se presentó el recurso de queja ante la Corte Suprema y espera que el máximo organismo nacional se aboque al tratamiento de la cuestión, “porque con la ley 1075 se pone en juego la autonomía municipal”, sostuvo.
El subsecretario legal y técnico del Municipio de Ushuaia recomendó públicamente al gobierno esperar a que la Corte Suprema se expida. Si se revirtiera en la Corte el fallo del Superior Tribunal, obligaría a la provincia a devolver los impuestos retenidos, en caso de avanzar de lleno con la aplicación de la ley 1075. Mientras tanto, se daría una “doble imposición” de parte de los municipios que prevén seguir cobrando el impuesto inmobiliario, y de parte de la provincia. El martes la administración Vuoto ingresó el recurso de queja.
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Río Grande.- El Dr. César Molina Holguín, subsecretario legal y técnico del municipio de Ushuaia, confirmó ayer a Radio Provincia que “cerca del mediodía del martes” se presentó el recurso de queja ante la Corte Suprema y espera que el máximo organismo nacional se aboque al tratamiento de la cuestión, “porque con la ley 1075 se pone en juego la autonomía municipal”, sostuvo.
“Al ser el Superior Tribunal el órgano más alto de la provincia, tenía la posibilidad de extender un recurso extraordinario federal para que la Corte Suprema sea la que defina esta cuestión, pero la primera instancia la analizó, dictó la sentencia y entendió que no ameritaba la apertura del recurso. Por eso los municipios fuimos en queja ante la Corte Suprema”, explicó.
En base al fallo conocido esta semana y dictado el 28 de mayo, dijo que “ellos entienden que es una cuestión de derecho local y que se agota ahí, entre las ordenanzas y la ley 1075. Nuestra postura es que con este fallo se vulnera la autonomía municipal garantizada en la Constitución Nacional y Provincial, y además las autonomías municipales están reglamentadas en las cartas orgánicas de cada uno de los municipios”, subrayó.
“Estamos en una discusión entre el poder constituyente y el poder constituido, y se discute hasta dónde un legislador puede modificar con una ley lo que dispone la Constitución. Nosotros obviamente creemos que no se puede”, planteó.
Observó que “si el Superior Tribunal admitía el recurso, que rechazó, no implicaba una resolución sobre el fondo, no era reconocer que habían fallado mal, sino solamente admitía que los municipios pudieran llevar esta cuestión a la Corte Suprema de la Nación”. Con esta decisión, se complica la situación porque el gobierno se considera validado para aplicar la ley 1075 y comenzar con el revalúo y posterior cobro del tributo.

Por partida doble

Hasta tanto no defina la Corte, el abogado advirtió que podría haber una doble imposición en la provincia, que abriría un abanico de nuevos procesos judiciales, por ejemplo, por amparos de los vecinos que se verán afectados.
“La doble imposición es una posibilidad. Nosotros entendemos que sería lo más acertado esperar a que se agoten las instancias judiciales, previo a tomar cualquier otra decisión”, recomendó al gobierno.
“La Corte Suprema ahora no va a tratar el fondo de la cuestión, sino que va a evaluar si se aboca o no, y si hay cuestión federal o no para que intervenga. Esta resolución entendemos que puede darse antes de fin de año. De abocarse, analizará el fondo de la cuestión”, dijo, y esto estira los plazos de forma indefinida.
Si saliera favorable a los municipios el recurso ante la Corte, adelantó que el gobierno debería después devolver el dinero mal cobrado, “por eso entendemos que sería razonable, hasta que no se terminen las instancias judiciales, mantener la suspensión de la ley 1075”, insistió.

Bajo siete llaves

Esta resolución del Superior Tribunal, de una relevancia equiparable al debate de la ley 648 en la gestión Ríos, se mantuvo en absoluto secreto hasta esta semana cuando trascendió a los medios. El Dr. Molina Holguín reconoció por Radio Nacional Ushuaia, que el municipio fue notificado “hace dos o tres semanas”, y aclaró que “hasta el 28 de junio”, es decir un mes calendario después de emitida dicha resolución, tenían plazo para presentar el recurso de queja.
“Nosotros entendemos que hay cuestión federal suficiente como para que la Corte Suprema se aboque. Acá hay dos instancias, primero el Superior Tribunal analiza si existe o no esa cuestión federal, en este caso entendió que no, y por eso hicimos el recurso de queja para que lo analice la Corte Suprema”, dijo.
“La sentencia del Superior Tribunal invita de alguna manera a la provincia y los municipios a resolver la cuestión, pero esto lo apelamos, porque estaba la posibilidad de hacer un convenio en caso de que se adhiriera a la ley”, recordó.
Si bien el ministro Álvarez adelantó una convocatoria a las municipalidades precisamente para sellar ese convenio, una negociación de ese tipo sería incompatible con la presentación realizada ante la Corte. “Hasta que no se pronuncie la Corte Suprema sobre el recurso de queja, entendemos que no va a haber un acuerdo, porque entendemos que constitucionalmente el impuesto pertenece a los municipios”, sostuvo el letrado, al tiempo que admitió que “la provincia puede empezar a emitir sus facturas para el cobro del impuesto inmobiliario” y, en tanto los municipios no adhieran a la ley, habrá “una doble imposición”.
El abogado recordó que hay ordenanzas vigentes, tanto en Ushuaia como en Río Grande, que establecen el impuesto inmobiliario como municipal y fijan la modalidad de cobro. Para evitar esto, desde el gobierno “podría discutirse la constitucionalidad de las ordenanzas que fijan el cobro del impuesto por parte del municipio”, sostuvo, previendo que se abrirán “otras instancias judiciales”, sin descartar recursos de amparo por los vecinos afectados por esa doble imposición.
“Desde el inicio se intentó evitar el riesgo de la doble imposición”, remarcó, por lo cual los legisladores decidieron suspender la aplicación de la ley por un plazo que ya está vencido.
“Hay que esperar a que esto esté resuelto por la Corte y ver si la Corte abre la instancia”, reiteró.
 

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