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Edición Nº 8,847
Martes 23 de abril de 2024
Martes 23 de abril de 2024 - Río Grande, Tierra del Fuego - Argentina

   
17-07-2019
El ex sacerdote católico ya está purgando pena junto a la población carcelaria
“Estamos agobiados de prueba” indicaron los magistrados que condenaron a Cristian Vázquez
“Estamos agobiados de prueba” indicaron los magistrados que condenaron a Cristian Vázquez
“Estamos agobiados de prueba” indicaron los Magistrados que condenaron al ex cura católico, Cristian Vázquez, quien transcurre sus días, alojado en la Unidad de Detención N° 1.
Así lo indicaron los magistrados Eduardo López, Daniel Borrone y Juan José Varela, quienes aplicaron una pena de 11 años de prisión al ex sacerdote católico Cristian Vázquez. El condenado actualmente purga la pena y pasa sus días alojado en la Unidad de Detención N° 1, junto al resto de la población carcelaria.
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Río Grande.- El Tribunal de Juicio del Distrito Judicial Norte condenó a fines de junio, a Cristian Abel Vázquez a la pena de 11 años de prisión al considerarlo autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual agravado con acceso carnal, agravado en concurso real cometidos en perjuicio de una menor de 13 años.
Tal como estaba previsto, se dieron a conocer los fundamentos completos del fallo histórico en Tierra del Fuego, por parte de los magistrados Eduardo López, Juan José Varela y Daniel Borrone.
Luego de un minucioso análisis y detalle de cada uno de los testimonios obtenidos a lo largo del proceso oral, tanto los propuestos por la defensa de Vázquez, en manos del abogado Javier Da Fonseca, como la querella a cargo del Doctor Francisco Ibarra y la fiscal Laura Urquiza, los jueces insistieron en que “estamos agobiados de prueba ue exterminan la tenaz y antojadiza posición del acusado –Cristian Vázquez- y su defensa –el abogado Javier Da Fonseca- porque la sinceridad de la firme y dolorosa sindicación de las aflicciones impuestas por Vázquez a la integridad de la adolescente, se verifican en su silencio intermitente, por la inquietud, por huir del hogar, por el desarreglo en su escolaridad y en los vestigios que su dolor fueron dejando en cada uno de los que la rodearon, las autolesiones en sus brazos, hasta que Vázquez reapareció y por miedo a que le pasara algo parecido a otras, la adolescente vomitó lo que aquel le hiciera vivir, calmando su persistente angustia. Y ninguna de las provocaciones pergeñadas por la defensa a las leyes de la lógica, de la psicología y de la experiencia común, logran perforar el plexo probatorio expuesto y argumentado, porque el testimonio de la menor ha sido estimado fiable y creíble por expertos que han explicado su ciencia y por las demás evidencias ponderadas: los testimonios corroborantes de quienes la conocieran, las huellas dejadas por Vázquez en las cartas que confiara a la familia que engañó, tanto como por concordancias de los detalles de los lugares descritos por la joven investigados por los peritos forenses y policiales”.
Los jueces basaron su decisión también en: “Los informes escolares que patentizan su sorprendente cambio de actitud en el 2013, corroboran dolorosamente su testimonio y los de su madre y hermana e indican singular e inequívocamente la causa de sus desvaríos, debiendo desecharse su más la mínima y atrevida pretensión de la psicóloga Ulloa –propuesta por Da Fonseca- elucubrando que el estado de angustia de la joven pudo motivarse en otras situaciones traumáticas”
“No obstante en este caso a la joven se la ha considerado, implícitamente por el acusado como mentirosa, como provocadora y responsable del delito, por los fieles que apañan y creen en el cura…”, “quienes desparraman prejuicios discriminatorios que impregnaron el discurso final del empedernido defensor. Tales actitudes encarnan mitos que incluyen falsos conceptos: hay mujeres que son “violables”, por sus ocupaciones o por su historia sexual y por tanto no son creíbles. Estos mitos sugieren que el comportamiento de las mujeres o su apariencia incentivan agresiones sexuales. En la especie, el uso de estas concepciones estereotipadas, como un enérgico boomerang, colisiona tales extraordinarias proclamaciones porque esotéricamente son el sello de la búsqueda de impunidad. Tanto como las solicitudes ensayadas por Vázquez en las cartas que enviara a la familia, como el lobo del cuento de caperucita roja”
De esta manera, se debe poner de manifiesto la relevancia que se le brindó en este caso al testimonio de la menor, brindando algún indicio que, en esta situación, hubo cuanto menos, una perspectiva de género por parte de los jueces que intervinieron.
Asimismo, en otro apartado del fallo completo, se hace referencia a los argumentos de la defensa de Vázquez, los que fueron calificados como “premisas impregnadas de ideología de género”.

El cura comprendía la criminalidad de sus actos

Las pericias psicológicas y psiquiátricas realizadas al imputado Vázquez, coincidieron en que “no presenta trastornos mentales mayores, no presenta ningún indicador de organicidad cerebral, no presenta alteraciones morbosas de sus facultades mentales, no es demente en el sentido jurídico ni se observaron signos francamente perversos”. Todo esto se traduce en que, Cristian Abel Vázquez, comprendía la criminalidad de los actos aberrantes que cometió y que los magistrados encontraron acreditados, al menos, tres hechos, por los cuales fue condenado.

Vázquez en prisión

Por otro lado, fuentes cercanas a la causa confiaron que tras la detención de Cristian Vázquez, la que se produjo ni bien se conoció el fallo, ya pasó la etapa de adaptación en la Unidad de Detención y ahora purga la pena y pasa sus días, con el resto de la población carcelaria.
Hasta este momento, se desconoce si la defensa hizo alguna presentación para revertir la situación cautelar de Vázquez.
 

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