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Edición Nº 8,832
Jueves 28 de marzo de 2024
Jueves 28 de marzo de 2024 - Río Grande, Tierra del Fuego - Argentina

   
22-05-2015
Por haber lesionado con un arma a su ex pareja
Crespi fue condenado a 4 años de prisión de cumplimiento efectivo
Crespi fue condenado a 4 años de prisión de cumplimiento efectivo
Cristian “El Chino” Crespi fue condenado a 4 años de prisión de cumplimiento efectivo por haber baleado y herido a su ex pareja Araceli Nahuel.
El Tribunal de Juicio Oral compuesto por los jueces, Daniel Borrone, Juan José Varela y Martín Bramatti condenaron en la tarde de ayer a Cristian Juan Pablo Crespi a una pena de 4 años de prisión de cumplimiento efectivo por el delito “lesiones graves agravadas por el vínculo” en relación al hecho ocurrido el pasado 26 de septiembre, cuando baleó e hirió a su ex pareja.
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Río Grande.- Ayer al mediodía, el Tribunal de Juicio, presidido por el Dr. Martín Bramatti, acompañado de los jueces Daniel Borrone y Juan José Varela, dieron a conocer el veredicto en torno al debate oral y público que se llevaba adelante contra Cristian Juan Pablo Crespi, quien finalmente fue condenado a 4 años de prisión al encontrarlo penalmente responsable del delito de “lesiones graves agravadas por el vínculo” en perjuicio de su ex pareja Araceli Nahuel.
Durante la jornada del miércoles, el Fiscal Pablo Candela había solicitado la pena de 6 años y 6 meses para Crespi, porque entendía la existencia del delito de “lesiones graves calificadas por el vínculo y el uso de arma de fuego”, y por tratarse de una causa de “violencia de género”.
Si bien la semana anterior el abogado de Crespi pidió la excarcelación con fundamentos en la nueva interpretación del instituto de la prisión preventiva impuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el antecedente “Loyo Fraire” el Tribunal consideró que en el caso, se cumplen los parámetros de “riesgo procesal” que habilitan el mantenimiento del encierro cautelar. Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el próximo viernes 29 de mayo, a las 11.
 

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