Río Grande.- El Tribunal de Juicio Oral compuesto por los jueces Daniel Borrone, Juan José Varela y Martín Bramati, encontraron penalmente responsable a O.M.G. de 40 años, por el delito de abuso sexual agravado por acceso carnal, por estar la víctima bajo su guarda, y aprovechar una situación de convivencia preexistente, razón por la que impusieron una pena de 8 años de prisión de cumplimiento efectivo.
El hecho por el cual este sujeto fue traído a juicio data del mes de agosto de 2013 ocasión en que la joven de 13 años, junto a este sujeto convivieron alrededor de un mes, ya que la menor pasaría tiempo con su madre, por ese entonces, pareja del ahora condenado.
Por su parte, durante los alegatos, el fiscal Pablo Candela había solicitado 10 años de prisión, sin embargo, con otro criterio, el Tribunal determinó aplicar el mínimo de la pena prevista para estos casos.
Lo que más llamó la atención en este proceso es que una vez que el fallo fue dado a conocer, el condenado salió de los Tribunales y se fue a su domicilio, donde permanece excarcelado, teniendo en cuenta que a su caso, se aplicó el criterio jurídico devenido del fallo “Donamaría”, por el cual las penas de prisión se harán efectivas una vez que queden firmes, y la defensa aún tiene una instancia de casación ante el Superior Tribunal de Justicia.
El condenado fue excarcelado hace algunos meses aunque con pautas de conducta, entre las cuales cuenta con una prohibición para salir de su domicilio.